El 2 de abril concluye el plazo para la presentación del modelo 347, que cuenta con un nuevo formato

El próximo día 2 de abril de 2012 concluye el plazo para la presentación del modelo 347, de Declaración Anual de Operaciones con Terceros, pero esta vez en el nuevo formato aprobado por el Real Decreto 1615/2011 por el que se modifica el Real Decreto 1065/2007 * y por la Orden EHA/3378/2011, más complejo que el que se venía presentando hasta ahora.

Esta mayor complejidad deriva de la obligación para los empresarios de desglosar por trimestres la información siempre que el conjunto de operaciones celebradas con una persona o entidad durante el año natural anterior supere la cifra de 3.005,06 euros. Hay que aclarar que esto no supone que se tenga que estregar esta declaración trimestralmente, sino que aunque se mantiene el formato de presentación anual, habrá que realizar el desglose trimestral. Además, habrán de computarse por separado las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.

Otro hecho a tener en cuenta es que las operaciones que deben incluirse en la declaración anual son las realizadas por el obligado tributario en el año natural al que se refiere la declaración. Esto quiere decir que las operaciones se entenderán producidas en el periodo en el que se deba realizar la anotación registral de la factura (a efectos de IVA) o del documento sustitutivo que justifique las mismas, en lugar de en la fecha de emisión de la factura, como se venía haciendo hasta ahora.

En relación a esto, en los casos de modificación del valor de la operación debido a los casos previstos en el artículo 34.4 del Reglamento 1065/2007, cuando tenga lugar en un año natural distinto al que corresponda la declaración anual de operaciones con terceras personas en la que debió incluirse la operación, deberán ser consignados en la declaración del año natural en que se produzcan esas circunstancias modificativas.

Además de este aumento de la dificultad del modelo, la aprobación de esta nueva versión del mismo supone estrechar el cerco sobre los empresarios, pues una de las funciones del mismo es preparar los cruces de información en las empresas entre los modelos 340 y 347 para evitar que se puedan cambiar fechas de facturas, alterando así las cuotas a ingresar trimestralmente. Esta novedad permitirá a la AEAT comprobar si el contribuyente ha declarado estas operaciones en un trimestre diferente al que se debiera haber declarado.

El problema es que este desglose trimestral puede producir muchas discrepancias según la fecha de contabilización entre el cliente y el proveedor, ya que en lugar de acumularse por fecha de emisión de factura, pasa a acumularse por fecha de recepción (equivale a la fecha de asiento), por lo que es posible que Hacienda pretenda además aumentar la recaudación derivada del régimen sancionador. Sin embargo, la AEAT defiende que se pretende evitar que se disminuyan importes a declarar en los primeros trimestres traspasándolos a la liquidación del último.

Por último, es necesario señalar que a partir del próximo año 2013, la presentación de este modelo se adelanta un mes, debiéndose hacer a finales del mes de febrero.

*Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos

También te puede interesar