Uno de los efectos más negativos de la crisis que estamos atravesando es el incremento de la morosidad y, especialmente, la morosidad de las Administraciones Públicas cuya deuda total sobrepasa el 60% del PIB y tiene efectos perversos sobre la financiación del conjunto de la economía y, particularmente, sobre las pymes y los empresarios autónomos que son quienes más están padeciendo la falta de recursos.
La publicación del Real Decreto-Ley 4/2012 sobre el pago a proveedores de las entidades locales, aprobado recientemente por el Gobierno de España ha venido a aportar un haz de luz entre tanta penumbra, dibujando, confiamos, un escenario bien distinto al que veníamos soportando, al igual que esperamos en Andalucía tras aceptar el acuerdo 6/2012 del Consejo de Política Fiscal y Financiera por el que se fijan las líneas generales de un mecanismo extraordinario de financiación para el pago a los proveedores de las Comunidades Autónomas.
El pago a proveedores no debe ser una medida coyuntural.
Es necesario que, de una vez por todas, las Administraciones, que han venido pagando tarde y mal, cambien radicalmente su ejecutoria y que cuando acuerden la contratación de bienes y servicios, hagan frente a sus compromisos económicos en los términos que establece la Ley 35/2010 aprobada en la anterior legislatura donde se rebaja de 60 a 30 días los plazos máximos permitidos a las Administraciones.
Esto es lo que desde la FOE hemos venido reclamando en los últimos años, ya que la morosidad pública y la falta de financiación han sido dos cuestiones que han acabado con la viabilidad de muchas pymes y así lo hemos puesto de manifiesto.
De hecho, desde la FOE hemos evaluado en unos 250 millones de euros el monto total de la deuda de las Administraciones Públicas con los distintos proveedores en la provincia. Deuda que, de hacerse efectiva, significaría un importante balón de oxígeno para miles de pequeñas y medianas empresas y autónomos.
En este contexto, la decisión del Gobierno supone un importante paso para normalizar las relaciones entre proveedores y administraciones, por lo que desde un principio hemos acogido esperanzados el Real Decreto Ley que regulará los pagos.
Pero muchos nos tememos que finalmente el objetivo del pago a las pymes no se vea cumplido por el hecho de que sean las entidades financieras y el propio Estado quienes se beneficien mediante el mecanismo de embargo por deudas pendientes por parte de las empresas, una cuestión que debe quedar definitivamente despejada.
Precisamente los sistemas de embargo, regulados en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, debe ser igualmente modificados por cuanto que no se puede concebir que por las más mínima y ridícula deuda queden inmovilizadas todas y cada una de las cuentas bancarias de las que disponga un empresario y no ejecutarla por el importe concreto, mientras las empresas continuamos, sin piedad, financiando con nuestras obras y servicios a las Administraciones.