Se mantiene en 5 céntimos el impuesto sobre las bolsas de plástico de un solo uso para el año 2012

Comunicamos que en los Presupuestos de la Junta de Andalucía para el año 2012 publicados en el BOJA NÚM. 255 el pasado 31 de diciembre de 2011, se establece que, dado los buenos resultados obtenidos en la reducción del consumo de bolsas,
el tipo impositivo para *el Impuesto de las Bolsas de Plástico de Un Solo Uso se mantendrá en 5 céntimos de euro para el año 2012.*

Recordamos que:

El establecimiento comercial repercutirá “íntegramente” el importe total del impuesto al consumidor y dicha cantidad deberá figurar en las facturas correspondientes como un concepto independiente.

Este impuesto coincidirá con el año natural devengándose el 31 de diciembre y se liquidará trimestralmente mediante los modelos de autoliquidación
(modelo 751) y declaración anual (modelo 752) que aparecen en la Orden de 14 de abril de 2011 publicada el día 28 de abril.
La entrega de bolsas de plástico de un solo uso efectuada por los
establecimientos comerciales constituirá una operación sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) formando parte la cuota del impuesto sobre las bolsas de plástico de la base imponible del IVA.

Estará exento del impuesto el suministro de las siguientes bolsas de plástico:

Bolsas Reutilizables: bolsas diseñadas para su reutilización fabricadas con Polietileno u otros plásticos que cumplan la Norma UNE 53942:2009.

Bolsas Biodegradables: bolsas que presentan un compuesto químico orgánico que deben cumplir los requisitos establecidos en la Norma UNE-EN ISO 13432:2001:Envases y Embalajes.

Bolsas de plástico suministradas por establecimientos comerciales dedicados a la venta minorista cuyos titulares estén dados de alta exclusivamente en algunos de los epígrafes de la agrupación 64 del Impuesto sobre Actividades Económicas(Comercio al por menor productos alimenticios bebidas y tabaco establecimientos permanentes), menos los siguientes epígrafes que sí estarán sujetos a dicho
impuesto:

-645 Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases

-646 Comercio al por menor de tabaco y artículos de fumador

-647 Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas

Para cualquier consulta adicional: CECA-Comercio Huelva 959 20 83 05 o asemco@foe.es

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